Gabriela Mistral University Repository

The Gabriela Mistral University Library has developed the following Academic Repository in order to preserve, disseminate and make available the full-text contents of the academic production developed by the different actors in the academic and research field of the University.
The UGM University at the beginning of the year 2017 incorporated the UCINF University, also adding that collection where we find memories, theses, degree works, academic magazines, speeches, books, digital and sound files. Contact: repositorio@ugm.cl

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dc.contributor.authorDoyharcabal Casse, Solange
dc.contributor.authorSchmidt Hott, Claudia
dc.contributor.authorMerino Scheihing, Francisco
dc.date.accessioned2017-11-28T19:11:36Z
dc.date.available2017-11-28T19:11:36Z
dc.date.issued1991
dc.identifier.citationTemas de Derecho Año VI Nº 2 Julio - Diciembre 1991 pp. 37 - 76es_ES
dc.identifier.issn07163908
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12743/344
dc.descriptionLos autores de este trabajo conforman la «Comisión Permanente de Reformas Legales» del Departamento de Derecho de la Universidad Gabriela Mistral, y en esa condición formulan la proposición de proyecto de ley que se expone al final de este trabajo
dc.description.abstractSi bien el principal objetivo de nuestro trabajo fue buscar una protección legal y general de los derechos de la personalidad en el campo civil, habría sido incompleto si no hubiéramos ideado al mismo tiempo un mecanismo práctico y eficaz. En cuanto al procedimiento, nos remitimos al del juicio sumario, pero dentro de él, siguiendo las mismas ideas plasmadas en el artículo 75 del Código Civil, dándole al Juez amplias facultades para adoptar las medidas que él estime convenientes, a objeto de hacer efectiva la protección de tales derechos. En cuanto al titular de la acción, consideramos necesario que ésta pueda ser intentada por cualquiera persona; y, por último, en cuanto al plazo en que esta acción debe intentarse, es necesario distinguir si la amenaza está o no consumada. Si el daño se ha producido, el plazo es de sesenta días fatales que se cuentan desde la perpetración del hecho. Se trata sin duda de un plazo de caducidad. En cambio, si la amenaza no está consumada, la acción puede intentarse como preventiva mientras ésta subsista.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Gabriela Mistrales_ES
dc.rightsAttribution-NoDerivs 3.0 United States
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nd/3.0/us/
dc.subjectDerechos humanos Chilees_ES
dc.subjectDerechos constitucionaleses_ES
dc.subjectDerecho comparadoes_ES
dc.titleProyecto de ley sobre protección a los derechos de la personalidades_ES
dc.typeArticlees_ES


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