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<title>Número 1 1986</title>
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<updated>2026-04-30T18:24:16Z</updated>
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<title>Situación jurídica de la mujer en el derecho latinoamericano comparado</title>
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<name>Doyharcabal Casse, Solange</name>
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<updated>2020-08-08T21:57:11Z</updated>
<published>1986-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Situación jurídica de la mujer en el derecho latinoamericano comparado
Doyharcabal Casse, Solange
No hay argumentos biológicos ni psicológicos que justifiquen la incapacidad de la mujer, lo que atestiguan los mismos códigos que, sometiendo&#13;
a la mujer casada, otorgan plena capacidad a la mujer soltera o viuda.&#13;
 No puede justificarse la falta de capacidad de la mujer casada, argumentando que es necesario una cabeza única que administre el patrimonio&#13;
familiar, puesto que la ley somete a potestad marital incluso a la mujer separada de bienes.&#13;
 Esta diferencia de capacidad incide en los derechos y obligaciones entre cónyuges, la administración de los bienes y la autoridad sobre los hijos. Los códigos civiles que se han promulgado en los últimos años, disponen&#13;
que del matrimonio derivan iguales derechos y obligaciones para los cónyuges.&#13;
En cuanto a la administración de los bienes, la tendencia que cuenta con la aprobación mayoritaria es la de establecer el régimen de participación en los gananciales, en el que los cónyuges se miran durante el matrimonio como separados de bienes, pero al término del matrimonio se reparten por mitades las ganancias que cualquiera de ellos haya adquirido.&#13;
En la vida real es imposible olvidar la intervención materna en las decisiones sobre los hijos, refiéranse a su persona o a sus bienes. Esto&#13;
hace, que dejando atrás la imagen patriarcal de la familia donde el señorío absoluto lo ejercía el padre, entregue la ley la patria potestad sobre los hijos a ambos progenitores, quienes deberán ejercerla en forma conjunta.
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<dc:date>1986-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Panorama general de los sistemas económicos del matrimonio</title>
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<name>Schmidt Hott, Claudia</name>
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<updated>2020-08-08T21:57:55Z</updated>
<published>1986-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Panorama general de los sistemas económicos del matrimonio
Schmidt Hott, Claudia
Como  conclusión,  puede  sostenerse  que  la  tendencia  mundial,  al  menos  en  Occidente,  ha  &#13;
sido  erradicar  la  desigualdad  de  sexos  dentro  del  aspecto  económico  del  matrimonio,  lo  &#13;
que  se  ha  logrado  a  través  del  abandono  de  las  fórmulas  comunitarias  tradicionales  y  la  &#13;
adopción  de  nuevos  esquemas  de  comunidad  de  bienes  con  administración en  manos  &#13;
unidas  o  en  manos  separadas,  a  través  de  la  adopción  del  régimen  de  participación,  y  por  &#13;
último,  a  través  de  nuevas  fórmulas separatistas  con  características  propias  de  los  &#13;
regímenes  comunitarios,  como  sistemas  legales  y  predeterminados  que  permiten  ser  sustituidos  por  sistemas  convencionales,  dentro  de  un  régimen  general mente  de  libertad  limitada.
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<dc:date>1986-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>La catedra de derecho económico</title>
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<name>Carvallo Hederra, Sergio</name>
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<updated>2020-08-08T21:58:53Z</updated>
<published>1986-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">La catedra de derecho económico
Carvallo Hederra, Sergio
Desde  un  ángulo  jurídico  se  observa  cómo  el  Derecho,  bajo  los  influjos  de  &#13;
la  creciente  actividad  económica  y  de  su  correspondiente  doctrina,  transforma  radicalmente  sus  postulados  e  instituciones  en  un  proceso  de  adaptación  al  nuevo  imperativo  que  surge,  proceso  éste  que  desemboca  en  una  concepción  científica  que  se  materializa  en  el  Derecho  Económico,  que  constituye  su  compendio.  &#13;
 Han  surgido  así  nuevas  legislaciones  que  cada  día  adquieren  mayor  importancia  doctrinaria  y  práctica,  tales  como  la  Legislación  Tributaria,  la  de  Delitos  Económicos,  la  de  Comercio  Exterior,  la  legislación  Financiera  y  Crediticia,  la  de  Cooperativas,  la  Ecológica  y  muchas  otras  que  aún  están  en plena  búsqueda  de  su  cauce  definitivo.  &#13;
 Esta  relación  causal  de  Economía  y  Derecho  y  la  interrelación  intensa  y  creciente  que  existe  en  el  plano  real  entre  ambas  disciplinas  es,  precisamente,  la  meta  y  objetivos  que  persiguen  y  tratan  de  lograr  los  programas  de  Derecho  Económico  que  se  estudian  en  las  facultades  de  Derecho.
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<dc:date>1986-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Una sentencia de actualidad</title>
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<name>Dougnac  Rodríguez, Fernando</name>
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<updated>2020-08-08T21:59:05Z</updated>
<published>1986-01-01T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Una sentencia de actualidad
Dougnac  Rodríguez, Fernando
El    artículo    19    N°    8    de    la   Constitución    de    1980    consagra    una    garantía    absolutamente  novedosa  en  el  ordenamiento  institucional  chileno:  asegura  a  todas  las  personas  el  "derecho  a  vivir  en  un  medio  ambiente  libre  de  contaminación.  Es  deber  del  Estado  velar  para  que  este  derecho  no  sea  afectado y  tutelar  la  preservación  de  la  naturaleza.   &#13;
La  ley  podrá  establecer  restricciones  especificas  al  ejercicio  de  determinados  derechos  o  &#13;
libertades  para  proteger  el  medio  ambiente".  &#13;
Un  numeroso  grupo  de  vecinos  de  la  Comuna  de  Estación  Central,  Santiago,  recurrieron  de  &#13;
protección    ante    la    I.    Corte    de    Apelaciones    de    Santiago,  asilándose    en    ese    precepto  &#13;
constitucional,  para  que  se  ponga  término  a  la contaminación  del  aire  que  les  afecta  por  la  &#13;
cercanía  del  Vertedero  de  Basuras  de  Lo  Errázuriz,  utilizado  por  14  Municipalidades  de  la  &#13;
Región  Metropolitana,  para  botar  los  desperdicios  de  la  ciudad.  La  I.  Corte  acogió  el Recurso  &#13;
y,  recientemente  las  autoridades  administrativas  y  de  Salud  clausuraron  ese  Vertedero.
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<dc:date>1986-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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