Número 1 1993
http://repositorio.ugm.cl/handle/20.500.12743/1909
2024-03-29T07:02:52ZLibertad provisional y delito tributario
http://repositorio.ugm.cl/handle/20.500.12743/566
Libertad provisional y delito tributario
Precht Pizarro, Jorge Enrique
Se consulta acerca de la constitucionalidad y vigencia del artículo 163 letra (f) del Código Tributario, en relación al inciso primero de la letra (e) del Nº7 del artículo 19 de la Constitución que dice: "(e) la libertad provisional procederá a menos que la detención o la prisión preventiva sea considerada
por el juez como necesaria para las investigaciones del sumario o para la seguridad del ofendido o de la sociedad. La ley establecerá los requisitos y modalidades para obtenerla". Nuestra Constitución que garantiza la libertad personal y la de locomoción, garantiza igualmente a todo detenido o arrestado (o sometido a prisión preventiva) el derecho a obtener la excarcelación o libertad provisional,
garantía sujeta a la discrecionalidad del juez. La libertad "procederá", esto es, deberá siempre otorgarse por el juez, a menos que el propio juez considere que dicha detención o prisión preventiva
sea considerada como necesaria en las únicas tres condiciones que el texto constitucional autoriza
1993-01-01T00:00:00ZCoparticipación criminal
http://repositorio.ugm.cl/handle/20.500.12743/563
Coparticipación criminal
Kunsemüller Loebenfelder, Carlos
La Sentencia de primera instancia condenó a los dos encausados, en calidad de co-autores del delito del art. 372 bis del Código Penal: "El que con motivo u ocasión de violación o sodomía, causare, además, la muerte del ofendido será castigado con la pena de presidio perpetuo a muerte". La decisión de la llustrísima Corte, concluye, sobre la base de los antecedentes de la causa, que si bien el procesado Guzmán se concertó con el otro reo para violar a la menor y concurrió al hecho, facilitando los medios para la ejecución, ello permite tenerlo como autor del delito de violación; pero no procede imputarle, además, la muerte de la ofendida, la que este evento, aparece como un resultado más grave, no querido ni aceptado por Guzmán, debiendo considerarse además, que la muerte de la menor se
debió a una acción independiente y voluntaria de Araya, de matar a la mujer,debido a la resistencia opuesta por la ofendida en la ocasión en que él la violentaba sexualmente
1993-01-01T00:00:00ZAmparo económico y rol subsidiario del estado
http://repositorio.ugm.cl/handle/20.500.12743/560
Amparo económico y rol subsidiario del estado
Soto Kloss, Eduardo
Nuevamente nos encontramos ante un proceso de amparo económico, creado por la Ley N° 18.971 (10 de marzo de 1990) y destinado a denunciar ante la Justicia Ordinaria (Corte de Apelaciones respectiva) (1) las infracciones al artículo 19 N° 21 de la Constitución, esto es al "derecho a desarrollar
cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen" (inc.1°), y al derecho a la no intromisión del Estado en actividades empresariales a menos que se cumpla con las exigencias impuestas al
efecto por el inciso 2º de este Nº 21 ("ley de quorum calificado" que las autorice y sujeción "a la legislación común aplicable a los particulares").
1993-01-01T00:00:00ZLos bienes que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres, como fundamento jurídico en Chile de la regulación de las emisiones atmosféricas
http://repositorio.ugm.cl/handle/20.500.12743/559
Los bienes que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres, como fundamento jurídico en Chile de la regulación de las emisiones atmosféricas
Dougnac Rodríguez, Fernando
De lo expuesto, queda de manifiesto que la regulación de las emisiones atmosféricas encuentra su fundamento en la calidad de bien común que tiene el aire, cuyo uso y goce entre los individuos es determinado por las Leyes de la Nación. De esta suerte, las restricciones que con el objeto de
conservar su pureza impone el Estado a sus subditos, no guardan relación directa con una limitación al Derecho de Propiedad sino con su uso equitativo y mesurado.
1993-01-01T00:00:00Z